Tu LLC ya cobra a clientes y ahora necesitás sumar un editor, una diseñadora o alguien que te ayude con el soporte. Podés contratar colaboradores y pagarles desde la empresa. Antes del primer pago, dejá resueltas tres cosas: qué trabajo harán, cómo será la relación y qué documentación vas a guardar.
Mandar dinero es la parte más rápida. Lo que evita problemas después es poder explicar a quién le pagaste, por qué y bajo qué acuerdo.
¿Estás comprando un servicio o incorporando un empleado?
Un diseñador que te cotiza una presentación, organiza sus horarios y trabaja para otros clientes no se parece a una persona a la que le fijás una jornada diaria, supervisás de forma continua y asignás todas sus tareas.
Para clasificar la relación, importan esos hechos. El contrato puede decir “independiente”, pero esa palabra no resuelve una relación que funciona como empleo. Las reglas estadounidenses miran, entre otros puntos, el control sobre el trabajo, el aspecto económico y cómo se vinculan las partes.
Si la persona trabaja desde otro país, también hay que revisar las normas laborales de ese lugar. Pagar desde una LLC no permite elegir libremente qué derechos tiene el trabajador.
Para una colaboración por proyecto, prepará un acuerdo de servicios acorde con la realidad. Si necesitás un puesto con jornada y dirección permanente, revisá la contratación laboral local o una solución de empleo antes de comenzar. Esa elección cambia obligaciones y costos.
Qué pedir antes de dar acceso al proyecto
Confirmá el nombre legal de la persona o empresa, país de residencia, lugar desde donde hará el trabajo y datos de cobro. Pedí también la documentación fiscal que corresponda a ese proveedor.
Un colaborador extranjero no completa un W-9 solo porque le paga tu LLC. Primero distinguí si te factura una persona o una empresa extranjera. Para acreditar que es extranjera, una persona puede usar el W-8BEN; para una empresa puede corresponder el W-8BEN-E. Hay otras situaciones, por eso primero identificá quién cobra. La guía de formularios W-8 y W-9 desarrolla esa elección.
Además, dejá por escrito el alcance, la fecha y el precio. “Ayudar con redes” no dice si contrataste cuatro videos o disponibilidad todos los días. Cuanto más claro sea el encargo, más fácil será aprobarlo y pagarlo.
Tu LLC necesita poder usar el trabajo que paga
Si el colaborador crea un logo, código o un curso, acordá los derechos que recibe tu empresa. Pagar una invoice no resuelve por sí solo la propiedad intelectual. Tampoco alcanza con pegar una frase de un contrato estadounidense sin revisar si aplica.
Dejá definido qué materiales entrega, qué usos autoriza o cede, y si incorpora recursos de terceros. Esto importa especialmente cuando tu LLC después vende ese trabajo a un cliente: no podés prometerle derechos que nunca recibiste.
Sumá confidencialidad y permisos de acceso cuando sean necesarios. Para editar videos quizás necesite una carpeta; para gestionar campañas, un rol específico. No hace falta compartir la contraseña principal ni dar acceso bancario para que pueda trabajar.
Cómo pagarle desde la cuenta de la LLC
Elegí una vía empresarial que admita ese país, moneda y tipo de pago. Puede ser una transferencia bancaria o un proveedor de pagos. Compará el importe que va a recibir, no solamente la comisión que vos ves al enviar.
Acordá quién asume las comisiones y si el precio está fijado en dólares o en moneda local. Si el colaborador debe recibir USD 800 netos, el presupuesto no es el mismo que si se envían USD 800 y se descuentan los gastos.
Usá una referencia que puedas reconocer después: proveedor, período o número de invoice. Guardá el comprobante junto al documento del gasto. Si todavía estás eligiendo la cuenta bancaria de tu LLC, comprobá que pueda pagar a los países de tu equipo.
El calendario también tiene que funcionar. Si tu cliente paga el día 15 y el editor cobra el 10, necesitás dinero reservado para cubrir esos cinco días. No conviertas una demora de tu cliente en la fecha de cobro habitual del colaborador.
¿Hay que retener impuestos o emitir un 1099?
No se responde mirando solamente que la cuenta pagadora sea estadounidense. Hay que saber quién cobra, dónde presta el servicio y qué clase de pago recibe.
Para servicios realizados completamente fuera de Estados Unidos por una persona extranjera no residente, el ingreso es generalmente de fuente extranjera. Documentado correctamente, no lleva por ese solo hecho la retención estadounidense aplicable a ciertos pagos de fuente estadounidense. No lo trates automáticamente como un proveedor doméstico al que se emite un 1099.
El análisis cambia si trabaja parte del tiempo en Estados Unidos, si es una persona fiscal estadounidense o si el pago compra derechos de uso en vez de trabajo. Por eso conviene tener país, condición fiscal y lugar de prestación documentados desde el alta.
Pasale esa información a quien prepara las declaraciones para que determine los reportes concretos. La pregunta útil es “¿qué corresponde por este proveedor y este pago?”, acompañada de los papeles, no “¿mi LLC lleva 1099?”.
Una carpeta por colaborador alcanza para empezar ordenado
Documentos que conviene conservar
Acuerdo firmado y cambios de alcance aprobados.
Identificación del proveedor y documentación fiscal pertinente, con acceso restringido.
País donde realiza el trabajo y aviso si cambia.
Invoices o comprobantes válidos, entregas y aprobación.
Transferencias vinculadas con cada gasto.
Derechos sobre los materiales y cierre de accesos al terminar.
Ese archivo ayuda tanto para una consulta del banco como para preparar las obligaciones de la empresa. Si estás armando equipo, también podés revisar cómo encaja la LLC en una agencia de servicios.
Y si querés ofrecer una participación en el negocio, tratala como otra decisión. Darle tareas o pagarle una comisión no es lo mismo que incorporarlo como socio. Para eso, revisá los acuerdos y cambios de una LLC con socios.
Preguntas frecuentes
¿El colaborador tiene que abrir una LLC para cobrarme?+
No como requisito general por el hecho de que vos tengas una. Puede prestar el servicio como persona o empresa según las reglas de su país y los requisitos del medio de pago.
¿Pagar todos los meses lo convierte en empleado?+
La frecuencia sola no decide. Revisá autonomía, control, condiciones económicas y cómo funciona la relación, además de la legislación del lugar donde trabaja.
¿Puedo pagarle desde mi cuenta personal?+
Si el gasto es de la LLC, usar su cuenta deja el registro más claro. Si adelantaste dinero personalmente, guardá la prueba y documentá el reintegro; no dejes el movimiento sin identificar.
Fuentes Oficiales Revisadas
Última revisión de fuentes: 11 de septiembre de 2026.